martes, 9 de abril de 2019

Igualdad de empleo y ocupación. Nuevo Real Decreto Ley 6/2019

El pasado 1 de abril entró en vigor el Real Decreto Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.






Entre las medidas que se contemplan y que pueden afectar a nuestro ámbito de Tragsatec, están recogidas las siguientes: 
  • Equiparación paulatina del permiso por nacimiento para ambos progenitores
  • Disfrute del permiso de lactancia para los dos progenitores 
  • Posibilidad de adaptación de la jornada sin reducirla 
  • Modificación en el permiso de adopción, etc.. 

En este comunicado del área de Igualdad de la Sección sindical estatal de CCOO que os adjuntamos, hemos intentado explicar cada uno de los cambios lo más claramente posibe, si aún así os surgen dudas poneros en contacto con nosotros en la dirección de correo tragsatec@servicios.ccoo.es 

viernes, 5 de abril de 2019

Enfermedad sin baja y otros

PERMISO DE ENFERMEDAD SIN BAJA


Como os informamos en este comunicado el Tribunal Supremo da la razón a CCOO Tragsatec y ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce el derecho al permiso retribuido durante los tres primeros días de cada período de enfermedad sin necesidad de la declaración de baja médica o incapacidad temporal, simplemente con la justificación prescrita por el sistema sanitario público.

Por parte de esta Sección sindical ya le hemos requerido a la Dirección de la empresa que acate la sentencia del Tribual Supremo y proceda a facilitar que la plantilla de Tragsatec pueda acogerse al permiso de enfermedad recogido en el apartado g) del artículo 6 del Acuerdo de Homologación, sin que se obligue ni exija la baja médica y que se realicen las modificaciones pertinentes en la gestión de permisos de la Intranet.

La Dirección de Recursos Humanos ha confirmado que se va a proceder en los términos de la sentencia y así lo han publicado en la intranet en el día de hoy, habilitando nuevamente la incidencia de Enfermedad sin baja en la aplicación de “Justificación de incidencias”.

Desde CCOO estamos muy satisfechos con el fallo del Tribunal Supremo, ya que ha sido una dura batalla jurídica con la empresa para defender el cumplimiento de los derechos recogidos en nuestros acuerdos. Esperamos que de cara a futuro podamos utilizar la vía de la negociación colectiva para resolver estos conflictos, que para nosotros es la vía más razonable, pero no dudaremos en acudir a los tribunales como en esta ocasión si la Dirección atenta contra cualquiera de los derechos conseguidos.

PERSONAL TRASLADADO DE CENTRO DE TRABAJO


Hemos detectado algunos casos de personal que fue desplazado a otro centro de trabajo y que al cumplir el año, que debería convertirse en un traslado (regulado según el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores) no se ha articulado como tal porque algunos responsables interpretan que no pueden realizar un traslado si no existe la plaza fija en el lugar de destino, interpretando que las plazas fijas solo se pueden crear a través de la tasa de reposición o el plan de estabilización de empleo.

Tras comunicar estas situaciones a la Dirección de RRHH en Madrid, concluyeron que los traslados en caso de personal indefinido desplazado que cumple el año o traslados ejecutados directamente, deben seguir articulándose como se venía haciendo, en base al Estatuto de los Trabajadores y al Convenio de Ingenierías, y que no debe mezclarse con la tasa de reposición y procesos de estabilización del empleo, destinados al personal con contrato temporal.

Si tienes alguna duda o aclaración o quieres ampliar información de alguna otra cuestión, no dudes en ponerte en contacto con nosotros mediante nuestra dirección de correo electrónico o con cualquier delegado/a de CCOO en tu centro de trabajo.

martes, 2 de abril de 2019

RSE 28 marzo

Comunicado de la Sección Sindical estatal de CCOO Tragsatec, en el que informamos de los asuntos tratados en la reunión de la Representación Sindical Estatal (RSE) del pasado 28 de marzo, donde se continuaron tratando temas de la anterior convocatoria de fecha 14 de febrero y además se pudieron abordar algunos otros puntos que más abajo indicamos.

Informaros que por parte de CCOO propusimos un orden del día mucho más extenso del que finalmente se trató, ya que hay múltiples cuestiones pendientes desde hace mucho tiempo que no dio tiempo a tratar en la reunión anterior, y que tampoco quisieron incluir para esta convocatoria, ya que según su criterio no tenían nueva información sobre ninguno de estos puntos (a pesar que algunos habían sido enviados por escrito durante el 2018) y que, por tanto, se tratarían en el apartado de ruegos y preguntas.

Desde esta Sección Sindical le recordamos a la empresa que no es potestad de la misma descartar los puntos que plantea la RSE, órgano legitimado para proponer lo que estime conveniente a tratar en las reuniones.

Los temas que finalmente se pudieron abordar fueron los siguientes:
  1. Incrementos Salariales 2018 y 2019.
  2. Proceso de Estabilización de Empleo y Tasa de Reposición.
  3. Temas incluidos en el Orden del día a petición de CCOO Tragsatec:
    • Asambleas de trabajadores/as
    • Cláusula de confidencialidad
    • Comité Solidario y Comisión de Movilidad
    • Flexibilidad para el personal con contrato a tiempo parcial.
    • Propuesta de modificación del procedimiento de autorizaciones de las incidencias en la Intranet.
  4. Ruegos y preguntas:
    • Respuesta de las dos cuestiones que quedaron pendientes en la pasada reunión y que a fecha actual seguimos sin contestación.
    • Desconexión digital.
    • Contestación a la solicitud de aplicación de la Sentencia de Antigüedad.
    • Aplicación de la reducción de jornada de la DA 144 de la LPGE 2018 al personal con contratos a tiempo parcial.
En el comunicado tenéis detalladas las novedades al respecto de estos asuntos. Si tienes alguna duda o aclaración o quieres ampliar información de alguna otra cuestión, no dudes en ponerte en contacto con nosotros mediante correo electrónico o con cualquier delegado/a de CCOO en tu centro de trabajo.